El Ministerio de Transporte de la Provincia de Buenos Aires oficializó la creación del Registro Provincial de Servicios de Transporte Fluvial de Pasajeros, una nómina unificada en la que deberán anotarse de forma obligatoria todas las firmas y embarcaciones que realicen viajes regulares, provisionales o especializados en aguas bonaerenses. La iniciativa, formalizada a través del Boletín Oficial, deroga el marco vigente desde 2021 y alcanza tanto a las lanchas de pasajeros tradicionales como a los servicios de turismo, excursiones, taxis fluviales y traslados privados.
Si bien la obligación de inscribirse comenzará a regir una vez que el sistema informático esté plenamente operativo, la normativa contempla una ventana de adaptación. Los operadores que ya cuentan con habilitación previa tendrán un plazo excepcional de 60 días para reempadronarse. Una vez vencidos los términos, cualquier omisión será considerada una infracción administrativa sujeta a penalidades que van desde multas hasta la inhabilitación transitoria o definitiva para navegar.
La administración y actualización de la plataforma quedará a cargo de la Subsecretaría de Transporte Aéreo y Fluvial. Además de agilizar trámites como la alta de unidades, contratos de leasing o renovación de licencias mediante domicilio electrónico, el nuevo esquema ratifica la vigencia de los permisos actuales hasta su vencimiento original y mantiene a la Prefectura Naval Argentina como el organismo responsable de auditar las condiciones de seguridad técnica de cada barco.